Tipo de Letra, Justicia y más terquedades de abogados (II)

Sigo inspirado por la entrada anterior en la que escribí sobre las tipografías en los escritos jurídicos y con la motivación viva he decidido que en esta ocasión voy a referirme al uso de una abreviación que comúnmente se utiliza en los escritos jurídicos. Adelanto que yo la he dejado de utilizar.

Comencemos.

¿Quién no ha visto en una demanda o cualquier otro escrito la famosa abreviatura “C.”, C. Juez, C. Magistrada, C.C. Ministros, C.C. Fulana y Mengana? Creo que todos hemos leído por lo menos en una ocasión el uso de esta letra.

¿Qué significa? En los escritos dirigidos a ciertas personas o en la mención de testigos o partes en el juicio esta letra seguida del punto, en mi entender, corresponde a la abreviación de “Ciudadana” o “Ciudadano”. Aclaro esto porque habrá lectores muy cultos que también sepan que la “C” es el número romano para cien (100).

Estimo que muchas y muchos colegas, como yo lo hice en algún tiempo, simplemente utilizan el “C.” por costumbre sin reparar en que realmente lo que quieren decir es “Ciudadana” o “Ciudadano”. Ciudadana Juez, Ciudadano Magistrado, los ciudadanos Melchor, Gaspar y Baltazar testigos del actor.

Imaginen que se quita la abreviatura y se utilice la palabra completa. Ciudadano Juez de Primera Instancia Civil. Ciudadana Magistrada Presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa. ¿Se lee bien?

Ahora léanlo en voz alta: CIUDADANO PROCURADOR, CIUDADANA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO. ¿Suena bien?

No, no y no.

Desde hace tiempo dejé de usar el “C.” para referirme a las partes o a los testigos, pero igual por costumbre lo seguía utilizando en la mención al Juez, Magistrado, etc.

La luz llegó a mi cuando en el módulo de Redacción de Demanda dentro del Diplomado de Juicio de Amparo del año 2017 que se impartió en las Casas de la Cultura Jurídica del país, el Juez de Distrito José Luis Hernández Hernández nos hizo reflexionar sobre el uso del “C.”. “No sé porque lo siguen poniendo, si lo quitan no pasa nada”.

Todas las señales que pedí para dejar de usar el C., se resumieron en ese breve mensaje del Juez.

Además, en el artículo 272 del Código Federal de Procedimientos Civiles y sus correlativos de los estados del país, se dice que en las actuaciones judiciales no se emplearán abreviaturas. Así que si ven una sentencia o un acuerdo con el uso del “C.” se está infringiendo una regla de forma.

Muchas veces la forma de nuestros escritos están marcadas más por la costumbre que por la reflexión. Solemos utilizar vocablos, como el C., respecto de los cuales no pensamos en la conveniencia de utilizarlos, es decir, si abonará a tener mejores textos.

ARTICULO 272. En las actuaciones judiciales, no se emplearán abreviaturas ni se rasparán las frases equivocadas, sobre las que sólo se pondrá una línea delgada, salvándose, al fin, con toda precisión, el error cometido. Igualmente se salvarán las frases escritas entre renglones.

Tipo de Letra, Justicia y más terquedades de abogados (I)

Desde hace algunos meses sigo el blog “Estilo Jurídico” del abogado español Manuel Moralo Aragüete y recientemente, por un tuit de Darío Ángeles, empecé a seguir el de José Muelas, también abogado de España.

Sus textos son interesantísimos, pero en especial aquellos en los que explican las razones por las cuales usan determinado tipo de letra para los escritos judiciales.

Aunque muchos lectores pudieran pensar “¿y qué importa el tipo de letra si lo relevante es la calidad del escrito?” “¿de verdad los abogados ocupan su tiempo para discutir sobre Arial, Times New Roman o Comic Sans?”

Sí, a muchos nos importa.

Un escrito bien presentado, agradable de leer no sólo por una buena sintaxis sino porque como imagen global “se ve bonito” es mucho mejor a uno que no vaya justificado, con la cita de doctrina o de criterios que no se distingue del texto propio y un largo etcéteras que provocan un rechazo natural al momento de leerse. Así como en la política, en los escritos jurídicos la forma también es fondo.

Esto me motiva a compartir mi experiencia.

En el primer despacho que trabajé, el formato de demandas, recursos y escritos de trámite era simple pero rígida: Times New Roman tamaño 14, citas en 13 y centradas en medio de la página, 5 “enters” para empezar a escribir los nombres de los contendientes.

Este ha sido uno de los formatos que más me ha gustado. La lectura del escrito es súper sencilla. La Times New Roman es una tipografía elegante. Usada en tamaño 14 incluso llega a ser imponente.

Tan buen formato es, que otros abogados que trabajaron en ese despacho lo mantuvieron años después cuando iniciaron sus propias firmas. Es una manera muy fácil para identificar su “cantera”.

El único detalle que no me gustó y por el cual no lo seguí es que la Times New Roman en tamaño 14 ocupa mucho espacio en cada página. El resultado final es un escrito de muchísimas páginas y en una cultura de “litigio por kilo” este estilo hace gastar mucho más hojas de las necesarias. No es “ecofriendly”, pues.

Cuando cambié de chamba, mi primer “shock” fue ver que no había un formato predeterminado para hacer escritos. Cada litigante era libre de establecer su forma y aquí fue cuando empecé a experimentar con distintos tipos de letras y tamaños.

Trebuchet 13, Arial 12, Century Gothic 14 y su número inferior para las citas. Tipos de letras que, a mi gusto, hacían ver bien los escritos pero les faltaba el “típico no sé qué”.

Trebuchet reflejaba elegancia pero es una tipografía que requiere estar mínimo en 13 para leerse cómodamente y de nuevo el problema del espacio en el papel. Century Gothic tenía una falla, forzosamente había que darle por lo menos un interlineado de 1.5 para que los renglones no se pegaran entre sí. Y Arial, bueno, Arial es una letra bonita pero común.

Ante la indecisión, me quedé en Arial 12.

Hace poco experimenté con otra tipografía: Verdana 12. Se ve fina. Legible. Pero su gran virtud es su gran defecto: tiene tan buen espacio entre letras que las líneas se hacen muy cortas y los párrafos grandes. Mientras que Arial 12 genera 12 a 15 palabras por renglón, Verdana hace 9 ó 10 palabras. Esto también cansa al lector.

Actualmente, experimento con “EB Garamond” (recomendación de José Muelas). Apenas el viernes 8 de febrero presenté un recurso de queja con esta tipografía, tamaño 13 y citas en 12. El escrito se ve hasta artístico. Solo faltará que los Magistrados aprecien la «obra maestra».

Incluso el tamaño total del documento es bastante bueno, 7 páginas. Contra 8 de Arial 12, y 9 hojas en Verdana 12.

Coincido parcialmente con quienes piensan que la calidad de las palabras es más importante que la tipografía, pero utilizar un tipo de letra agradable a la vista, elegante y de buen tamaño da una mejor impresión del trabajo.

Conjugar texto de calidad con una forma bonita, seguro nos dará mejores resultados. Yo seguiré en la búsqueda de este punto de equilibrio.

P.D. Di no a “Courier New”. Di no a “Comic Sans”.